viernes, 30 de noviembre de 2012

PLATA - 2 Y 4 REALES, LEYENDA MONARQUICA


ACUÑACIONES DE 2 y 4 REALES 

ISABEL II SIENDO BEBE

El 15 de julio de 1834 María Cristina de Borbón-Dos Sicilias, Regente de España durante la minoría de edad de la heredera al trono Isabel II, firmó el Real decreto por el cual se abolía definitivamente el Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición, una institución que había sido fundada por los Reyes Católicos en 1478.

Se ponía así fin a cuatro siglos de persecuciones, juicios y ejecuciones realizadas en nombre de Dios y que forman parte de la Historia negra de este país.

Pondré una breve historia sobre la Inquisición y a continuación hablare de las monedas acuñadas en esa época.


El santo oficio de la inquisición, también denominado Tribunal de la Santa Inquisición, fue un tribunal eclesiástico establecido para inquirir y castigar los delitos contra la fe, es decir, dedicado a la persecución de la herejía.
El Tribunal de Santo Oficio creado para la erradicación de la herejía tenia potestad para actuar de esta forma, por lo que se le conoce abreviadamente como inquisición.

El Santo Oficio surge a principos del Siglo XIII por una serie de disposiciones del papa Gregorio IX promulgadas entre 1221 y 1235. Domingo de Guzmán, el primer inquisidor, había mandado a principios del siglo XIII a Raimundo de Peñafort como comisario.

Se crea como organismo eclesiástico ( los dominicos en un principio y al poco los franciscanos).

 La historia de la Inquisición en España tiene dos etapas:



1º - La Inquisición Pontificia ( papal ) o Medieval.

2º - La Inquisición Real o Moderna.



El Santo Oficio, en su forma original ( Inquisición medieval o Pontificia ), se estableció en la Corona de Aragón en 1232, es decir desde los mismos inicios de la Inquisición medieval, mediante comisiones papales creadas en el marco de la lucha contra el catarismo, extendido por el vecino Languedoc, una parte del cual estaba bajo la autoridad del rey de Aragón, que era también marqués de Provenza.

Pasado el momento de auge de la herejía cátara, la Inquisición papal aragonesa cayó en una inactividad casi completa.



En Castilla nunca llegó a introducirse la Inquisición Medieval o Pontificia. Los procesos de herejía en Castilla eran tratados por los Obispos en lo que se daba en llamar Inquisición Episcopal. Sin enbargo los obispos no concedían mayor importancia a los delitos de fe.



La Inquisicion Moderna en España.


A mediados del siglo XV convivían en la Peninsula Iberica varias clases sociales:

- Los reyes y la nobleza: ostentaban el poder, manejaban las armas, hacían la guerra a los moros y eran dueños de las tierras.
El pueblo: inculto e iletrado, esclavo de la gleba, o sea que dependía de los señores feudales y que era el que cultivaba la tierra.

- El clero: agrupado en conventos de diferentes órdenes, entre cuyas más importantes se hallaban las de los dominicos y los franciscanos, monjes mendicantes, que pregonaban el ascetismo, la vida dedicada a la oración y dependían directamente de Roma, no del obispo local. Dominaban el saber, generaban los libros y custodiaban las bibliotecas. Eran los cristianos instruidos y educados para mantener el saber basado en la religión católica.




- Las minorías de otros credos: judíos y moros.

-  Los moros eran el pueblo vencido, el que retrocedía a medida que los cristianos reconquistaban el territorio peninsular y se concentraba con cierta firmeza en Andalucía, en la provincia de Granada. Socialmente, aquellos que habían quedado en el territorio conquistado por los cristianos, eran habitantes rurales que rendían trabajo campesino como mano de obra de bajo costo.

-  Los judíos, que residían en la Península desde tiempos inmemoriales, eran habitantes urbanos, que ejercían toda clase de oficios, incluso los preeminentes, como consejeros de los reyes, incluso. Eran letrados y conocían la contabilidad y la numeración decimal, lo que les hacía destacar en el ámbito de los negocios, el comercio y las inversiones. En su papel de banqueros se aplicaban como prestamistas, lo cual no les daba una buena imagen frente al resto de las clases sociales de la época. Eran la clase burguesa.



Con el fin de romper el monopolio comercial del los judios, cuya creciente riqueza generaba envidia y temor a la nobleza y a al pueblo, las leyes de los diferentes reinos limitaron sus posibilidades de trabajo impidiéndoles ejercer diversos oficios. De este modo sus actividades eran progresivamente restringidas y se les obligaba a vivir en barrios determinados. El propósito final era su exclusión de la vida económica y su control demográfico.


A finales del Siglo XV, en el marco de una sociedad alterada por las guerras civiles y las convulsiones sociales, se empezaron a lanzar voces que reclamaban la introducción de la Inquisición en el Reino de Castilla. Esta necesidad se justificaba en la supuesta actividad judaizante de los conversos, a los que se acusaba de seguir practicando en secreto la fe judaica (lo que se denomina criptojudaismo) y de actuar confabulados para socavar las bases de la sociedad cristiana y controlarla.

Un judeoconverso, por tanto un bautizado, que seguía practicando sus ritos judios, era un hereje. Por tanto se consideró que debía ser  controlado y castigado al igual que se había hecho frente a las herejías en el pasado, es decir mediante un Tribunal de Inquisición.


Los Reyes Católicos hicieron la oportuna solicitud al papa Sixto IV de una Inquisición plenamente operante, lo que fue concedido por la bula de 1 de Noviembre de 1478.



Mediante esta bula el papa concedía los Reyes Católicos plenos poderes para nombrar y destituir a los Inquisidores. Nacía a si la Inquisición Real Castellana (que denominamos también Inquisición española o Inquisición Moderna).



El nombramiento del primer Tribunal Inquisitorial no se efectuó hasta 1480.


La Inquisición no actuaba sobre los judíos. Actuaba sobre los judeoconversos que mantenían ritos propios del judaismo. La Inquisición trataba de corregir los “errores de fe” en los católicos: la herejía.

En 1492 serían expulsados los judios y esto supuso una trascendencia enorme no sólo demográfica, sino especialmente por su importancia económica, al formar parte de la burguesía más activa.

 La Inquisición tuvo el principal papel durante la expulsión de los judíos de España; más tarde se ocupó de la persecución de brujas; luego persiguió a los protestantes en el siglo XVI y XVII y finalmente en el siglo XVIII persiguió a los masones y a los seguidores de la ilustración y de la Revolución Francesa. Siempre continuó con el Index de los libros editados en España y las colonias, determinando qué se podía leer y qué no.


El auténtico, el verdadero lado negro del Santo Oficio es el de esas personas que, sin más delito que su ignorancia o sus conocimientos, o simplemente por estar en el sitio equivocado en el momento inoportuno, caían entre los implacables engranajes de una máquina capaz de triturar, bajo el espeso manto del secreto, los huesos y la conciencia de sus víctimas, incapacitadas para defenderse, obligadas a autoinculparse y a inculpar a su propia familia y amigos, hasta acabar expuestos a la infamia pública, cuando no a la muerte.

Durante el reinado de Carlos IV y, a pesar de los temores que suscitaba la Revolución francesa, se produjeron varios hechos que acentuaron el declinar de la institución inquisitorial. En primer lugar, el Estado iba dejando de ser un mero organizador social para tener que preocuparse por el bienestar público y, con ello, tenía que plantearse el poder terrenal de la Iglesia, entre otras cuestiones, en los señoríos  de España y de ultramar y de forma general, en la riqueza acumulada que impedía el progreso social. Por otro lado, la permanente pugna entre el poder del Trono y el poder de la Iglesia se inclinó cada vez más de parte de aquél, en donde los ilustrados encontraban mejor protección a sus ideales. 


Ya el propio Godoy y Antonio Alcalá Galiano se mostraron abiertamente hostiles a una institución cuyo único papel había quedado reducido a la censura y que mostraba una leyenda negra internacional de España que no convenía a los intereses políticos del momento:

La Inquisición fue definitivamente abolida el 15 de julio de 1834 por un Real Decreto firmado por la regente María Cristina de Borbón, durante la minoría de edad de Isabel II y con el visto bueno del Presidente del Consejo de Ministros Francisco Martínez de la Rosa. (Es posible que algo semejante a la Inquisición actuase durante la primera Guerra Carlista en las zonas dominadas por los carlistas, puesto que una de las medidas de gobierno que preconizaba Carlos María Isidro de Borbón era la reimplantación de la Inquisición).

Durante todo este proceso y en este mismo año de 1834, en el que  era abolida definitivamente la inquisición ya se empezaban a labrar monedas a nombre de Isabel II en las que ya vemos la leyenda en castellano, como ya vimos en el primer diseño de la moneda de "20 Reales", a este diseño le siguieron  acuñaciones con valores inferiores de 2 y 4 reales de vellón con leyenda monárquica.

Se adopta definitivamente la reforma propuesta por José I en 1808, (  José I impone la costumbre francesa de una única unidad de cuenta para las piezas de oro y plata,  facilitando así su manejo y el establecimiento de equivalencias. A diferencia de los viejos sistemas monetarios europeos, que exigían difíciles y complejas equivalencias entre las monedas de diferentes metales ). El doblón de 80 reales, la antigua pieza de dos escudos, pasó a ser la moneda de mayor valor en circulación, reducción que escenifica la crisis económica y monetaria que se vivía en estos años.

Se trata de un cambio importante, pues por primera vez la moneda española utilizaba una única unidad de cuenta para los tres metales, realidad que se irá afirmando a lo largo del siglo XIX. Sin embargo y pese a todo, la política de José I mantuvo el sistema monetario heredado. La novedad quedó reducida al empleo de dicha única unidad de cuenta y en ningún momento se produjo la decimalización del sistema, a diferencia de lo que había sucedido en otros países sometidos por Napoleón, donde se impusieron sistemas idénticos al basado en el franco de Germinal. La razón quizá estuvo en el prestigio que aún mantenía el viejo sistema español, todavía el más internacional y aceptado en todo el mundo. La fuerte tradición monetaria hispana hizo que las autoridades prefiriesen mantener el sistema con un pequeño
lavado de cara que lo modernizase y lo fuese haciendo compatible con las nuevas realidades que estaban triunfando en otros puntos de Europa.


El abandono del latín en las leyendas monetarias es algo propio de todas las revoluciones liberales desde época de la Revolución Francesa, recordemos que las monedas realizadas durante el reinado constitucional de Luis XVI llevaban las leyendas en francés y fueron el modelo a seguir en toda Europa.
Son las circunstancias políticas las que propician esta modificación.  Los liberales del final del reinado de Fernando VII, buscando apoyos para garantizar la sucesión en la persona de su hija, la futura Isabel II, los que amparan la recuperación del real de vellón como unidad de cuenta, así como otros elementos que empiezan a quebrar la imagen monetaria del Antiguo Régimen.


En cuanto a la tipología,  vemos el retrato de la reina niña.      

El signo de valor se colocaba a derecha e izquierda del escudo ( valor * - Rs.).


La marca de ceca y la de ensayadores se colocan en la parte inferior del escudo.


2 REALES

MADRID

        2  REALES- Madrid “M” – 1836 - DG  
( En este caso DG pertenece a las siglas del Departamento de Grabado, no a las siglas de los ensayadores )


2  REALES- Madrid “M” – 1836 - CR              


SEVILLA

2  Reales

2  REALES- Sevilla “S” – 1836 - DR



4  REALES

MADRID


4  REALES Madrid “M” – 1834 - CR        


    
    

              4  REALES Madrid “M” – 1835 - CR                      


4  REALES Madrid “M” – 1836 - CR


SEVILLA



4  REALES Sevilla “S” – 1835 - RD


4  REALES Sevilla “S” – 1836 - RD


BARCELONA


4  REALES Barcelona “B” – 1836 - PS



Escudo cedido por el compañero “ Lanzarote”.


En el Reverso de estas monedas  Isabel II fue continuista, en el sentido de que la tipología, mantenía la de las piezas castellanas cuya circulación se había extendido a toda la Península desde época de Felipe V. Es decir, el escudo de armas que aparecía en la gran mayoría de las piezas era el cuartelado de Castilla-León, con la granada en punta y el escusón de Borbón-Anjou en su centro, que tradicionalmente se conocía como escudo abreviado de España, (el Toisón de Oro, que recordemos era hasta entonces una marca distintiva únicamente de la moneda de oro, pero que ya había aparecido en la plata de esta forma en la “última acuñación” de Fernando VII,1833 ).
Leyenda monárquica (“REYNA DE ESPAÑA Y DE LAS INDIAS “). ( Como podemos ver la palabra “reyna” va con “Y” ).

En el Anverso podemos ver a Isabel II en sus primeros años de  niñez, este busto será  utilizado  oficialmente en las primeras acuñaciones de Isabel II en distintos valores. Con leyenda “ ISABEL 2ª POR LA GRACIA DE DIOS”.

En el canto, estas monedas de 2 y 4 reales se acuñaron con  estrías.


Se batieron monedas en las cecas de Madrid “M”, y Sevilla “S” con valor 2 Reales.
En la ceca de Madrid “M”, Sevilla “S” y Barcelona “B”, para la pieza de 4 Reales.

2 Reales, año de acuñación y ensayadores:
Madrid “M” – 1836 DG ( DG- según varias opiniones referente al ensayador José Duro y Garces, o bien pertenecen al Departamento de Grabado ).
Madrid “M” – 1836 CR: José Luis Castroviejo y Francisco Rodríguez
Sevilla “S” – 1836 DR: Joaquín Delgado Díaz y Benito de Rojas 

4 Reales, año de acuñación y ensayadores:
Madrid “M” – 1834 DG ( DG- según varias opiniones referente al ensayador José Duro y Garces, o bien pertenecen al Departamento de Grabado ).
Madrid “M” – 1834 CR: José Luis Castroviejo y Francisco Rodríguez
Madrid “M” – 1835 CR: José Luis Castroviejo y Francisco Rodríguez
Madrid “M” – 1836 CR: José Luis Castroviejo y Francisco Rodríguez
Sevilla “S” – 1835 RD: Benito de Rojas y Joaquín Delgado Díaz
Sevilla “S” – 1836 RD: Benito de Rojas y Joaquín Delgado Díaz
Barcelona “B” – 1836 PS:  Francisco Paradaltas  y Simeón Solá i Roca

 2 Reales:
Peso - 2,98 Gramos     
Plata:812 milesimas

4 Reales:   
Peso: 5,97 Gramos     
Plata: 812 milesimas.

Grabador: Mariano González de Sepúlveda

2 REALES =  68 Maravedis – 8 Cuartos - Media peseta
4 REALES = 136 Maravedis – 6 Sueldos – 1 Peseta 







Bibliografia; 
José María DE FRANCISCO OLMOS. ( PROPAGANDA POLÍTICA EN LA
MONEDA DE LOS BORBONES)
Fotos de Monedas de la subasta Aureo y Calico 28 de Abril de 2011.
La inquisición: http://www.gabrielbernat.es/espana/inquisicion/ie/ie.html
                       















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